A un hombre de Nequén lo llamaron de dos compañías de celulares para reclamarle una deuda que nunca tuvo. Qué hacer ante la usurpación de identidad y cuando nos reclaman una deuda que nunca se contrajo.
Sacaron celulares a su nombre
Ahora el gobierno intimó a las empresas de celulares a reducir los reclamos. Mientras, un joven neuquino se enfrenta a dos reclamos por una línea de celular que dice que nunca sacó, informó el diario La Mañana de Neuquén. “Siempre tuve Claro, la misma línea que encima está a nombre de mi vieja”, comenzó su relato Tomás, pero lo llamaron para decirle que tiene una deuda por un número de Mendoza bajo su DNI.
Aparentemente, la empresa le dijo que había ido a Tunuyán a sacar una línea que él nunca adquirió. Antes ya se habían comunicado desde Movistar para decirle que debía 2152 pesos, por lo que fue a la casa central para aclarar la situación.
“Cuando fui me mostraron que había una línea registrada a nombre de Tomás Germán Muñoz con mi DNI, pero yo me llamo Germán Tomás Muñoz”, precisó. Le hicieron completar un formulario de “desconocimiento de cuenta” donde dejó asentada su firma cuatro veces y, al compararla con la de la supuesta línea a su nombre, corroboraron que no era suya. “Me dieron un código, que lo cargué en un 0800 y dieron de baja esa línea”, dijo.
Pero hace dos semanas también lo llamaron de Personal para advertirle que debía dinero por una línea de Tunuyán, exactamente la misma cuenta que supuestamente había dado de baja la otra empresa. Ante la situación, se dirigió a la sucursal de Neuquén, donde una empleada le hizo completar un cuestionario:
Me preguntaba si había vivido en Mendoza alguna vez, si había pagado facturas de ese teléfono. Yo le respondía que no, pero ella me decía que como le figuraba una factura paga, no podía decir que era falso.
Luego Germán radicó una denuncia en el Departamento de Delitos Económicos, donde la Policía le explicó que han tenido varios casos similares en la provincia. En estos casos, es importante denunciar en la comisaría o en la fiscalía penal porque pueden haber falsificado el DNI.
Pero por ahora la deuda continúa yel joven espera que con el último llamado del martes y el posterior envío por mail del formulario de “desconocimiento de cuenta” que deberá mandar por correo se resuelva su situación con la empresa.
En estos casos, la empresa debe tener un procedimiento para canalizar estos pedidos, y liberar a la persona que no es cliente, que nunca pidió nada, además de hacer la denuncia penal.
Robo de identidad
El robo de Identidad se produce cuando alguien se hace pasar por un otro, ya sea con su información personal o su DNI sustraído o extraviado o falsificado, para solicitar préstamos, tarjetas de crédito, teléfonos móviles, u otros. En Argentina no es delito pero sí falsificar documentos (ver abajo). Y para sacar por ej. un celular o crédito el DNI hace falta.
Apropiarse de la identidad de una persona: fingir ser otra persona asumiendo su identidad, suplantarla en público o en privado, para cometer delitos patrimoniales, cometer estafas, defraudaciones y demás.
Hay un registro de documentos de identidad cuestionados, acá. Hay que estar atento cuando se pierden los documentos, denunciarlo. Es importante, igual, denunciarlo a la fiscalía penal. Aparte, hay acciones civiles por uso de nombre e indemnización si una empresa reclama algo indebido, sin haber adoptado recaudos para chequear la identidad. Esto se logra con una acciòn judicial.
“No hay que sacarle la vista a la tarjeta porque se puede copiar la información. También hay gente que recibe mails falsos que dicen: estamos observando que hay problemas de seguridad de la tarjeta, por favor bríndenos su número de tarjeta, la clave y los números de coordenadas, y ¡la gente lo hace!”, dijo un experto en evitar fraudes bancarios.+
También aconsejan no dar información por teléfono, por ejemplo. “Se han dado varios casos de usuarios que han querido sacar otra línea y se encontraron que ya tienen cinco a su nombre, que jamás solicitaron. O advierten esta situación porque los llaman para cobrarles algún deuda de una factura impaga”, contó al medio Uno Zulma Cabrera, titular de Defensa al Consumidor de Paraná.
¿Te pasó algo así? ¿Te usaron tu identidad? ¿Te sacaron un celular? ¿Cómo lo resolviste?
Guarda con estos mails. Nunca introducir números de tarjetas en sitios inseguros. Y reportar mails sospechosos a la fiscalía penal. pic.twitter.com/x6JsDurAhW
— Derecho enZapatillas (@dzapatillas) June 18, 2017
Anexo con normas del código penal – falsificación de documentos y robo de identidad
Falsificación de documentos en general
ARTICULO 292.- El que hiciere en todo o en parte un documento falso o adultere uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, si se tratare de un instrumento público y con prisión de seis meses a dos años, si se tratare de un instrumento privado.
Si el documento falsificado o adulterado fuere de los destinados a acreditar la identidad de las personas o la titularidad del dominio o habilitación para circular de vehículos automotores, la pena será de tres a ocho años.
Para los efectos del párrafo anterior están equiparados a los documentos destinados a acreditar la identidad de las personas, aquellos que a tal fin se dieren a los integrantes de las fuerzas armadas, de seguridad, policiales o penitenciarias, las cédulas de identidad expedidas por autoridad pública competente, las libretas cívicas o de enrolamiento, y los pasaportes, así como también los certificados de parto y de nacimiento.
(Artículo sustituido por art. 9° de la Ley N° 24.410 B.O. 2/1/1995)
ARTICULO 293.- Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, el que insertare o hiciere insertar en un instrumento público declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio.
Si se tratase de los documentos o certificados mencionados en el último párrafo del artículo anterior, la pena será de 3 a 8 años. (Párrafo sustituido por art. 10° de la Ley N° 24.410 B.O. 2/1/1995)
ARTICULO 293 bis.- Se impondrá prisión de UNO (1) a TRES (3) años al funcionario público que, por imprudencia o negligencia, intervenga en la expedición de guías de tránsito de ganado o en el visado o legalización de certificados de adquisición u otros documentos que acrediten la propiedad del semoviente, omitiendo adoptar las medidas necesarias para cerciorarse de su procedencia legítima.
(Artículo incorporado por art. 8° de la Ley N° 25.890 B.O. 21/5/2004)
ARTICULO 294. – El que suprimiere o destruyere, en todo o en parte, un documento de modo que pueda resultar perjuicio, incurrirá en las penas señaladas en los artículos anteriores, en los casos respectivos.
ARTICULO 295. – Sufrirá prisión de un mes a un año, el médico que diere por escrito un certificado falso, concerniente a la existencia o inexistencia, presente o pasada, de alguna enfermedad o lesión cuando de ello resulte perjuicio.
La pena será de uno a cuatro años, si el falso certificado debiera tener por consecuencia que una persona sana fuera detenida en un manicomio, lazareto u otro hospital.
ARTICULO 296. – El que hiciere uso de un documento o certificado falso o adulterado, será reprimido como si fuere autor de la falsedad.
ARTICULO 297.- Para los efectos de este Capítulo, quedan equiparados a los instrumentos públicos los testamentos ológrafos o cerrados, los certificados de parto o de nacimiento, las letras de cambio y los títulos de crédito transmisibles por endoso o al portador, no comprendidos en el artículo 285.
(Artículo sustituido por art. 11 de la Ley N° 24.410 B.O. 2/1/1995)
ARTICULO 298. – Cuando alguno de los delitos previstos en este Capítulo, fuere ejecutado por un funcionario público con abuso de sus funciones, el culpable sufrirá, además, inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena.
ARTICULO 298 bis. – Quienes emitan o acepten facturas de crédito que no correspondan a compraventa, locación de cosas muebles, locación de servicios o locación de obra realmente contratadas, serán sancionados con la pena prevista en el artículo 293 de este Código. Igual pena les corresponderá a quienes injustificadamente rechacen o eludan la aceptación de factura de crédito, cuando el servicio ya hubiese sido prestado en forma debida, o reteniendo la mercadería que se le hubiere entregado.
(Artículo sustituido por art. 3° de la Ley N° 24.760 B.O.13/1/1997)
a mi me paso con Movistar, me llega CD a mi laburo de un estudio de abogados reclamando, tengo celular desde hace 20 años y jamas tuve linea en Movistar, llamo directo a movistar y me dicen que tengo que ir en persona, voy, me dicen que contrate una linea, les pido fotocopia del DNI con el que la sacaron, NO LA TIENEN, me dice (muy enojada la empleada) que ellos hacen la venta telefonica y haciendose la sarcastica me dice que “no se puede enviar un DNI por telefono”, o sea solo con NRO de DNI y un nombre (lo sacan de cualquier base de datos o hasta del padron) ya sacas linea y aparato, le pido la direccion de facturacion,es UNA PLAZOLETA DE LA 9 DE JULIO, le pregunto como dan un equipo y linea si ni siquiera chequean que la direccion EXISTA (lo hice en dos segundos con google maps) o la identidad pidiendo DNI o aunque sea un recibo de un servicio cuando van a entregar el equipo, me dicen que “todos hacen lo mismo”, o sea por la irresponsabilidad de una empresa que vende sin corroborar un solo dato me tuve que fumar una mañana de perdida de tiempo, me dieron ganas de ir con una ametralladora.aparte la estupidez de generar una clientela a la que no le podes cobrar, es una tonteria pedir un chequeo de que el tipo que pidio por telefono el servicio tiene un DNI que mostrar, por que no lo piden, es vergonzoso que se manejen asi, y en la fila habia adelante mio otras DOS personas con el mismo temita.
Buen dia. Compre por el shop-online de una marca un producto que estaba publicado en liquidaciòn, por un importe muy bajo en relaciòn al costo real.
Me parecio una verdadera oportunidad y compre el stock que habia.Lo pague con tarjeta de credito que el banco aprobo.
Al dia siguiente, la marca deshizo la compra, me devolvio el dinero y me dijo que habian tenido un error de sistema.
Pregunta: es legal que la marca aduciendo un error de sistema deshaga mi compra?. Gracias.Saludos.
ami me acaba de pasar algo similar…solo que a mi…me llamaron supuestamente de personal para pasar mi número de prepago a abono…me tomaron tda los datos y me realizaron el cambio…Al mes cuando me llega la factura online veo que mi factura está a nombre de otra persona…una chica de bs as y yo soy del Chaco,llamo a personal y me dijeron que me comunique más tarde…y al rato me bloquearon mi número el cual es muy importante para mí, x trabajo,etc.espero a que llegue mi marido del trabajo y le pido su celular para volver a llamar a personal,resulta que ahí me dijeron que mi línea fue dada de baja x fraude….y que ese número registraba más de 8 titulares…no lo podía creer,xq este era mi número de hace mucho tiempo…y lo único que me quedaba hacer era que cambiara de número,comprar un chip y tener un numero nuevo…Pero realmente siento que así no debe ser…me siento ultrajada,robada,damnificada,etc…es mi número yo compre el chip yo lo registre…y ahora resulta que lo tengo y nunka lo tuve xq según ellos ni mi nombre figura en los 8 titulares que registra esa línea…la verdad no se que hacer.