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Cómo puedo tener una prepaga con mis aportes de Obra Social

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El sistema de salud se compone del hospital público, las prepagas y mutuales y las obras sociales. En esta nota se explica en qué supuestos se permite derivar aportes obligatorios y cómo puedo tener una prepaga con mis aportes de Obra Social

Cómo puedo tener una prepaga con mis aportes de Obra Social

Por Martín Sabadini

Como trabajador en actividad en relaciona de dependencia o como monotributista tenemos la posibilidad de cambiar de ora social una vez al año, con excepción de las obras sociales denominadas cerradas (IOMA, IOSE, JUDICIALES, o las de regímenes provinciales).

Así una vez que elegimos la obra social a la queremos ir, hacemos el tramite ante esa misma  entidad y pasado los tres meses de carencia (tiempo en que tarda en llegar los aportes de tu otra obra social) tenemos la cobertura de salud de la anterior.

Otro tema es el acceso a una Prepaga de salud desregulando aportes. Tus aportes de obra social pueden ir a una prepaga, quien tiene dos opciones según el plan que te ofrezca:

a. te tome los aportes y tengas que pagar una diferencia por el costo del Plan Ejemplo Plan Buena Salud 1 Aportes 100 pesos Plan vale 300 pagaras 200 pesos.

b. que pueda ser un plan corporativo o cerrado y solo con los aportes se cubra el costo. Por lo general eso lo negocia el empresario que te contrata.

El control y asesoramiento de estos cambios lo tiene la Superintendencia de salud de la Nación.
Estos derechos lo tienen los trabajadores como su grupo familiar primario (ver abajo).

 

¿Que pasa con los jubilados y monotributistas?

Al momento de llegar la jubilación, nos preguntamos si la afiliación al PAMI es obligatoria? Si me pasan compulsivamente, si no tengo derecho a elegir otra obra social, si me puedo quedar en la que tengo? Vamos por partes.

a. La afiliación al Pami no es obligatoria es opcional.

b. Puedo elegir quedarme en mi obra social (tambien si estoy en un plan con prepaga por derivación de aportes)

c. Puedo elegir una obra social del listado que nos da la Superintendencia de salud que reciben jubilados.

Para realizar el uso de la opcion se puede pedir a la obra social la continuidad de la afiliacion con una nota en doble ejemplar o mediante carta documento. También hacer le reclamo ante la superintendencia de salud.

Si estas propuestas de cambio no tienen resultado positivo y no paso mucho tiempo (no esperar mas de un año) se puede hacer un reclamo judicial. Se ha reclamado mediante un amparo judicial la continuidad de la obra social o plan superador con una prepaga, con jurisprudencia favorable.

Pueden ademas hacer el pedido de continuidad los monotributistas y en el ámbito de la Capital Federal los trabajadores con el Plan Obsba- Osde.

 

 


Ley 23660 Art. 9° — Quedan también incluidos en calidad de beneficiarios:

a) Los grupos familiares primarios de las categorías indicadas en el artículo anterior. Se entiende por grupo familiar primario el integrado por el cónyuge del afiliado titular, los hijos solteros hasta los veintiún años, no emancipados por habilitación de edad o ejercicio de actividad profesional, comercial o laboral, los hijos solteros mayores de veintiún años y hasta los veinticinco años inclusive, que estén a exclusivo cargo del afiliado titular que cursen estudios regulares oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente, los hijos incapacitados y a cargo del afiliado titular, mayores de veintiún años; los hijos del cónyuge; los menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa, que reúnan los requisitos establecidos en este inciso;

b) Las personas que convivan con el afiliado titular y reciban del mismo ostensible trato familiar, según la acreditación que determine la reglamentación.
La Dirección Nacional de Obras Sociales podrá autorizar, con los requisitos que ella establezca, la inclusión como beneficiarios, de otros ascendientes o descendientes por consanguinidad del beneficiario titular y que se encuentren a su cargo, en cuyo caso se fija un aporte adicional del uno y medio por ciento (1.5%) por cada una de las personas que se incluyan.

 

17 Comentarios
  1. Laura dice

    Hola Sergio, pago como adherente una prepaga que al parecer subcontrato una obra social para algunos afiliados (ahi estaría yo) Necesito darle de baja y me estan bicicleteando un poco. Hay alguna manera legal de dejar aviso sobre la baja por si sin tomarmela?
    Sabes si desde el momento en que le doy de baja, la cobertura se corta o tiene un periodo obligatorio?
    Muchas gracias!

    1. Sergio dice

      Hola, @sssalud y contame, dale?
      En patreon.com/dzapatillas hay modelo de nota.

  2. Natalia mora dice

    Hola Sergio, buenos días. Mi mamá se jubiló teniendo Osecac y mi papá estaba afiliado con ella. Al jubilarse mi mamá a mi papá le dijeron que no podía continuar en Osecac y que debía tener Pami. Esto es legal o mi papá puefe seguir con ella en Osecac?
    Muchas gracias

    1. Victoria dice

      Hola. Me pago accord salud hace casi 10 años, y estoy por firmar contrato en una empresa bajo el cconvenio de empleados de comercio. Puedo afiliarme a osecac y mantener mi prepaga de forma partícular al mismo tiempo?

  3. Natalia dice

    Hola Sergio, buenos días. Mi mamá se jubiló teniendo Osecac y mi papá estaba afiliado con ella. Al jubilarse mi mamá a mi papá le dijeron que no podía continuar en Osecac y que debía tener Pami. Esto es legal o mi papá puefe seguir con ella en Osecac?
    Muchas gracias

  4. Natalia mora dice

    Hola Sergio, buenas noches

  5. Nora Patiño dice

    Hola Sergio, el monto de la jubilación máxima a cobrar, en este momento, está en $59314,97. Vos sabés con qué mecanismo se actualiza este monto? Es por decreto (la fija el PE)? Anual? O se actualiza trimestralmente por % como las jubilaciones? Desde ya, muchas gracias por tu respuesta.
    Saludos.

  6. Marisa De Martino dice

    Presente mi trámite jubilatorio (soy docente) el 22 de octubre y ya tiene respuesta favorable. Quizás salga en diciembre.
    Actualmente tengo Osde derivando aportes desde osen. En Osen me informan que no aceptan jubilados. Hay algún modo de que pueda derivar los aportes a obra social para conservar Osde una vez jubilada?. No quiero tener Pami.
    Gracias por su respuesta

  7. MARÍA JOSEFINA CACERES dice

    HOLA, MI PAPA SE HA JUBILADO EN 1989 Y HA OPTADO EN EL 2003 POR SU OBRA SOCIAL QUE ES APM ( AGENTRES DE PROPAGANDA MÉDICA) QUIERO SABER SI PUEDO RECLAMAR QUE EL PAMI LE DERIVE SUS APORTES A SU OBRA SOCIAL YA QUE LA PAGA APARTE Y ANSES LE DESCUERNTA $3700 POR MES. GRACIAS.

  8. Nicolas dice

    Hola. Soy residente de salud de caba tengo osbha. Me dijeron que tengo que esperar 1 año para poder derivar aportes a osde. Puede ser esto?

    1. Sergio dice

      Hola, Nico. Consultar en la @SSSAlud en Twitter y contanos. Gracias por escribirme, te invito a suscribirte acá, con chats y contenido exclusivo http://www.derechoenzapatillas.com/charol

  9. Natalia dice

    Buen día Sergio, soy afiliada hace años a la prepaga Accord Salud (que pertenece a UPCN) y hace unos meses me explicaron que en estos años se me generó un fondo de reserva porque mis aportes siempre fueron más altos que la cuota mensual. Ahora que voy a sumar a mi grupo familiar quiero usar ese fondo de reserva para pagar la diferencia del valor de cuota de ellos. Esto es habitual? Accord puede negarme ese fondo o corresponde que me permitan utilizarlo? Gracias!

    1. Sheila A. dice

      Hola. No creo que tengas inconvenientes, y, de ser así, te queda la alternativa de efectuar un reclamo por la vía legal. Saludos

  10. Eduardo Zaldumbide dice

    Hola buenas noches, el mes proximo me jubilo al cumplir los 65 años, hasta esa fecha tengo Omint corporativa de Banco Supervielle y como Obra social Bancarios, mi pregunta se pueden tomar aportes para seguir con la Prepaga.
    Saludos Eduardo

  11. Daniel dice

    Hola Sergio, DOSUBA (Obra social de la Univ. de Bs.As – UBA) está dentro de esas llamadas cerradas? eso implica que no es posible derivar los aportes a una prepaga, verdad?

  12. macarena dice

    Hola queria saber si es legal que la prepaga te descuente menos del aporte de la obra social, es decir en el monotributo actualmente el aporte de obra social es de 1041 y la obra social solo quiere descontarme $850 hablando aparte de una prepaga que tiene obra social. Gracias

  13. Ivana Romina Bustos dice

    Hola ..mí papá tiene discapacidad y está afiliado mediante mí mamá a unión personal como monotributista , el plan bajo mucho la.calidad y quieren pasarse a un plan de la prepaga de la misma obra social . Lo tiene. Que aceptar si O si más allá de todas las patologías que el tiene ( una.cardiaca+ACV+dbt) ?? O pueden rechazar su afiliación ?

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